lunes, 24 de mayo de 2010

143. Frenopático para señores pensionistas.


Ha caído en mis manos un pequeño folleto publicitario de los servicios que el Sanatorio Frenopático de Ntra. Sra. de Montserrat, regentado por los Hermanos de San Juan de Dios, ofrecía “para señores pensionistas”. Impreso en Industrias Gráficas Thomas de Barcelona, no consta año de publicación aunque, según el cuadro médico que incluye, podemos datarlo entre 1911 y 1928.

Además de reproducir aquí las imágenes que publica, creo que puede ser de interés transcribir literalmente el texto propagandístico que las acompaña.


SANATORIO DE NTRA. SRA. DE MONTSERRAT
PARA ENFERMOS MENTALES

A unos diez kilómetros de Barcelona, entre Santa Coloma de Cervelló y San Baudilio de Llobregat, en una pintoresca y fértil loma, desde donde se divisa la extensa y dilatada vega fecundada por el Río Llobregat, se encuentra situado el Sanatorio. Dado las numerosas vías de comunicación que pasan por el Sanatorio, se puede considerar que se halla implantado en el casco de la Ciudad, pues cada media hora circulan autobuses y trenes que se toman en la Plaza de España y llegan hasta las proximidades del Establecimiento. Este puede ser visitado todos los días de 10 a 12 de la mañana y de 2 a 5 de la tarde.

Limitado, de Norte a Sur, por el Valle del Llobregat y las históricas montañas de San Antonio y San Ramón y de Este a Oeste por las atrayentes montañas del Tibidabo, San Pedro Mártir y la riquísima y frondosa vega del Prat con su inmensa llanura.

En virtud de esta situación topográfica goza el Sanatorio de unas condiciones incomparables para el tratamiento de las enfermedades mentales.




El extenso horizonte que en todos sentidos se observa es agradable y bello, pues si se mira a la vega se divisan miles y miles de árboles frutales, que dan aspecto de espeso bosque, causando al contemplador una sensación de alegría placentera que se traduce en un verdadero sedante del sistema nervioso; si miramos a las montañas se ven a relativa proximidad los altos picos de Montserrat, San Lorenzo de Munt y allá, en lontananza, los Montes Pirenaicos de donde procede un aire tan puro y reparador que al respirarlo en el Sanatorio produce una verdadera sensación tonificante y confortativa, base primordial para recuperar las energías perdidas los enfermos nerviosos.

Además, para mayor abundamiento, el clima es templado, pues las variaciones de temperatura son muy ligeras, siendo la media en invierno de 10 grados, y en verano de 20 grados.

Dadas las excelentes condiciones topográficas y climatológicas, deseaban los Médicos del Esta¬blecimiento disponer de unos Pabellones donde poder tratar científicamente y con arreglo a los nuevos procedimientos terapéuticos a los enfermos Pensionistas particulares.

La Dirección, a fin de llenar este vacío para que los enfermos nerviosos pudieran ser tratados con arreglo a los procedimientos científicos novísimos, ha instalado dos Pabellones con todos los enseres necesarios para el tratamiento que estos enfermos reclaman : habitación con agua corriente, caliente y fría, calefacción, salas de billar, biblioteca, teatro, cinemató¬grafo, radio-telefonía y un extenso y florido parque donde se puede disfrutar de una atmósfera pura y apacible.

Como se acaba de indicar estos enfermos serán tratados por los modernos procedimientos, balneoterapia, piroterapia, electroterapia, clinoterapia, ergoterapia, método de Klassi, etc., etc.


Todo esto, unido a la larga práctica en el tratamiento de enfermos mentales, el estar reco¬mendado a Religiosos que por vocación les prestan asistencia y el conocimiento de las condiciones que esta clase de Sanatorios deben reunir, hacen que todos los servicios estén montados con arreglo a los adelantos modernos de la ciencia psiquiátrica.

Además el Sanatorio cuenta con el concurso de renombrados especialistas en psiquiatría y neurología, que pueden ser consultados a instancia de las familias de los enfermos.
PENSIONES

Las hay de tres clases, con servicios, mesa y habitaciones diferentes, respectivamente, cuyos precios son los siguientes:
Primera clase ............................................................. Ptas. 400'-
Segunda clase ............................................................ " 300'-
Tercera clase .............................................................. " 175'-

Las pensiones de clase de distinguidos son objeto de convenio especial con el Superior del Establecimiento.

En las citadas cantidades va comprendido el servicio, comida, habitación, asistencia facultativa y ropa de cama.

La ropa personal, el lavado, repaso y planchado de la misma, los medicamentos específicos y demás gastos extraordinarios son a cargo de las familias, si bien el Establecimiento se encarga de estos servicios a petición de los interesados.


CONDICIONES DE INGRESO

Para que un presunto alienado pueda ser admitido en observación es necesario que lo solicite de la Dirección administrativa, por impreso que el Establecimiento facilita, el pariente más inmediato o su representante legal en caso de hallarse aquél incapacitado.

A dicha petición se ha de acompañar un certificado firmado por dos médicos, no parientes del enfermo, ni de la persona que haga la petición del ingreso, ni del Superior del Establecimiento, ni de ninguno de los facultativos del mismo, justificativo de la enfermedad mental que padece.



Al certificado de referencia se ha de acompañar un informe del Subdelegado de Medicina (*) del Distrito o partido a que pertenece el domicilio del enfermo y en que se haga constar, como resultado del reconocimiento, la necesidad y urgencia de su ingreso en observación en una Casa de Salud y además informe de la Alcaldía del punto de su residencia sobre la misma necesidad y urgencia de la reclusión, conforme dispone el R. D. de 19 mayo de 1885.

(A pesar de las indicaciones que anteceden, es conveniente que antes de llevar un enfermo se envíe previamente la documentación, para que pueda ser examinada y ver si reúne las debidas formalidades, a fin de evitar contratiempos en el momento del ingreso).

Para el ingreso de los incapacitados necesita el tutor autorización del Consejo de familia. (Apartado 3º del Artº 269 del Código Civil).

Para el reingreso en observación es indispensable el expediente judicial.

(*) Por Real Decreto de 19 mayo de 1885, sólo se exigía el V.° B.° de los Subdelegados de Medicina, pero por R. O. de 26 de noviembre de 1903; se exige que las certificaciones facultativas sean informadas además de visadas por los Subdelegados, siendo ambos requisitos indispensables para la validez del documento.

Conviene advertir que el visado de las certificaciones por los Subdelegados es solamente para hacer constar que los médicos firmantes tienen registrados en la Subdelegación correspondiente sus títulos profesionales.

Cuando los médicos firmantes pertenezcan a dos distintos partidos o distritos, el Subdelegado de cada uno tendrá que visar la certificación por el médico perteneciente a su Subdelegación, pero el informe sobre la necesidad y urgencia del ingreso del enfermo tiene que extenderlo el Subdelegado a cuya jurisdicción pertenece al domicilio del enfermo.



INDICACIONES GENERALES

1º. Las pensiones se satisfarán por mensualidades adelantadas y sobre cuenta o recibo que el Establecimiento pasa al principio de cada mes.

2º. Al ingreso de un pensionista deberán depositarse en el Establecimiento seis mudas completas y dos trajes de invierno o de verano, según la estación, que tendrá que ir reponiéndose a medida que se inutilicen con el uso. El Establecimiento se encarga de proveer a los enfermos de la ropa que vayan necesitando, a petición de los interesados.

3º. Las familias pueden solicitar noticias de sus enfermos, dirigiéndose por escrito al Superior de este Estable¬cimiento o a la Dirección Facultativa del mismo, quienes la suministrarán a la mayor brevedad y con detalles de las circunstancias y marcha de la enfermedad.

4º. Los enfermos Pensionistas podrán ser visitados por sus familias, no habiendo contraindicación facultativa, cualquier día de la semana a la hora que el Superior señale, teniendo en cuenta el régimen establecido para la buena marcha del Establecimiento.

5º. No podrá ser visitado ningún enfermo, a no ser por la persona que ha hecho la petición de ingreso u otra a que la misma autorice, a excepción de algún caso particular, cuya resolución queda a cargo del Superior del Establecimiento.

6º. Al ingreso de un pensionista debe satisfacerse, por lo menos, la pensión correspondiente al mes en que el ingreso tenga lugar, y, además, deberá dejarse el importe de un mes completo de la pensión en que el enfermo sea colocado, que quedará como fianza en depósito y será devuelto al causar baja aquél, si antes la falta de pago no ha obligado a disponer de dicho importe.



7º. Los enfermos cuyas familias lo deseen podrán tener, para asistencia especial, un camarero que proporcionará el Establecimiento.

8º. La remesa de Fondos puede hacerse con preferencia en transferencia o cheque de la Banca Magín Valls o del Banco Hispano Americano de Barcelona y también en giro postal sobre San Baudilio, en la forma que se indica a continuación:
De la Banca Magín Valls, a nombre del Superior del Sanatorio Frenopático de San Baudilio.
Del Banco Hispano Americano, a nombre del Superior del Sanatorio Frenopático de San Baudilio.
Por giro postal, a nombre del Superior del Sanatorio Frenopático de San Baudilio.
Sobre cualquier Banco, Casa de Banca de Barcelona, a nombre del Superior del Sanatorio Frenopático de San Baudilio de Llobregat; mandando en este último caso la correspondiente transferencia.
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PARA MÁS AMPLIOS INFORMES DIRIGIRSE AL SUPERIOR DEL SANATORIO:
Teléfono: SAN BAUDILIO DE LLOBREGAT, Nº 2






En el frenopático, los enfermos, separados por sexos, se clasificaban y agrupaban en siete secciones que si bien pretendían cierta lógica clínico asistencial, en muchas ocasiones esta no parecía corresponderse estrictamente a la realidad. Las secciones eran: tranquilos (San José), dementes y sucios (San Antonio), imbéciles e idiotas (San Juan de Dios), epilépticos (Santa Isabel), agitados y peligrosos (San Rafael) que era una unidad de seguridad equivalente en cierto sentido a lo que posteriormente se denominó unidad de agudos, semiagitados (Padre Menni), y trabajadores. El Pabellón de Santa Teresa acogía a los pensionistas de los que nos estamos ocupando hoy.



Anverso y reverso de una fotografía de época con una vista general del manicomio. Localizada en Argentina, donde parece ser fue enviada por "Pepe", hermano del orador que participó en la inauguración de algún pabellón.

Si bien el manicomio, inaugurado en 1854 por el Dr. Pujadas, en un principio acogía únicamente pacientes de pago, a partir de 1865 abre sus puertas a los enfermos de beneficencia a través de sucesivos conciertos con hasta 12 diputaciones y varios ayuntamientos, llegando a ser el mayor manicomio de España (por ejemplo, en 1899 se contabilizaban 1723 camas). En los tiempos que nos ocupan, siendo director de la institución el Dr. Rodríguez Morini, fue la época con mayor número de pacientes pensionistas aunque su número no era proporcionalmente elevado comparándolo con el resto de pacientes.



En 1910, de un censo de 1910 pacientes, 854 eran pobres por los que se pagaba unas 1,55 pts./día. Las diferencias entre unos y otros pacientes no eran únicamente en cuestión de pagos y comodidades, sino que además tenían una menor tasa de fallecimientos y mayor de altas.


Recorte de La Vanguardia, 1 febrero 1911.

Ese año fue difícil para el manicomio, con diversas denuncias públicas de abusos que motivaron la intervención de una Comisión para estudiar el alcance de lo denunciado, y de cuya investigación se derivó en 1912 la rescisión del contrato de la Diputación con el sanatorio así como la ordenación del "jornal ó salario que deban percibir los alienados á cargo de la Diputación y cuyo trabajo redunde en beneficio ó utilidad del establecimiento". Algunas de las conclusiones de dicha comisión han sido resumidas así por Tomás Arranz:

En relación a los pabellones se dice que en la parte moderna están separados mientras que en la antigua predomina el sistema antiguo de continuidad de los pabellones, ubicados, además, dice, sobre un terreno húmedo y marcadamente palúdico. Estos edificios, dice el informe, no sirven para el fin a que son destinados. En cuanto al personal, figuraban en nómina cinco médicos: el director, dos médicos de sección, un médico interno y un médico auxiliar. (El número total de pacientes, en fecha 17 de septiembre de 1910, era de 1.493). El servicio médico les parece absolutamente deficiente por escasez de personal, confirmándose esta impresión en la falta de datos en las historias clínicas. El personal subalterno (enfermeros y criados) se considera insuficiente e inexperto: había 114 religiosos (45 hermanos y 69 hermanas) y 15 criados.

En relación a la organización: Los pabellones, se dice, no estaban organizados por agrupaciones de enfermos con enfermedades similares y la organización existente le parece a la comisión carente de criterios científicos. Resaltan la existencia de celdas de castigo, estrechas, mal ventiladas y con rejas de hierro en las ventanas, y el abuso de los medios de contención (grilletes, manillas...). El manicomio disponía de dos salas de baños, una en la sección de hombres, con solamente dos bañeras y otra en la sección de mujeres «bien completa, muy artística y casi intacta». Esta última la consideran lujosa pero les da la impresión de ser escasamente utilizada.


Baños árabes, demolidos en 1970.

Constatan que no existía una sala de electroterapia a pesar, dicen, de que en el álbum de fotografías de las dependencias del manicomio presentado en el Congreso para la asistencia de alienados de Milán, figuraba un gabinete electroterápico. Y como otros aspectos destacables, critican el trabajo de los alienados, su alimentación, la falta de modernos sistemas de calefacción, la precariedad de los servicios de limpieza...

En fin, todo ello en manifiesto contraste con el folletito del que nos ocupábamos hoy, ¿no?.




BIBLIOGRAFIA.




Sanatorio Frenopático de Ntra. Sra. De Montserrat de los Hermanos de San Juan de Dios. Situado entre Santa Coloma de Cervelló y San Baudilio de Llobregat. Industrias gráficas Thomas. Barcelona, sin fecha.






Diputación Provincial. Primera sesión de prórroga. La Vanguardia. 1 de febrero de 1911, p. 1-2.

Diputación Provincial. Final de la sesión. La Vanguardia. 9 de febrero de 1912, p. 2-3.




Arranz Muñecas, T. Del internamiento a la psiquiatría comunitaria. Historia de la asistencia en “Benito Menni, Complejo Asistencial en salud Mental” Hermanas Hospitalarias del Sagrado Corazón de Jesús. Sant Boi de Llobregat. 1995.










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3 comentarios:

andres dijo...

ro, como siempre, agardecerte una aportación tan interesante.
Sí, cuando uno va leyendo el folleto, le entran ganas de internarse en el pabellón de pensionistas, es lo más cercano a unas vaciones siglo XIX, casi "viscontiniano". Menos mal que al seguir leyendo, se aterriza en una realidad bastante menos idílica.
Comentas que el folleto ha "caído en tus manos"... debes tenerlas muy bien extendidas para recoger cosechas así.
Gracias otra vez por compartirlas.

ANTONIA dijo...

Soy asídua de un blog sobre la historia del manicomio de Sant Boi. Por si pueden interesarles,les mando el enlace:

http://jovencamp.blogspot.com

Oscar Martínez Azumendi dijo...

¡Gracias Antonia!
No conocía el blog, lo visitaré sin duda.
Pero atención, la dirección es:
http://jovencam.blogspot.com/
(se te ha colado una "p" de más).
Seguro que interesa a más de uno.